PRETENSIÓN PROCESAL. Concepto. Objetivo. En relación con las impugnaciones de decisiones judiciales, la pretensión es el acto de declaración de voluntad de un sujeto procesal presentado ante el Juez que lleva la causa, mediante el cual reclama, demanda, exige, solicita, requiere o pretende que se revoque, cambie, reforme, modifique o corrija la decisión adoptada por el mismo funcionario, declaración que debe producirse por la misma autoridad o por el superior funcional del que produjo la providencia según la naturaleza del recurso invocado. RECURSO DE APELACIÓN. Carga argumentativa del impugnante. Concepto. AUTO INHIBITORIO. Causales. Atipicidad de la conducta. DERECHO DISCIPLINARIO. Los asuntos de carácter disciplinario no tienen incidencia en el derecho penal. REGIMEN DISCIPLINARIO. Medios para encauzar la disciplina. Establece que los medios para encauzar la disciplina pueden ser correctivos o sancionatorios, los primeros se utilizan para conservarla, mantenerla y vigorizarla, mientras que los segundos, para restablecerla cuando ha sido quebrantada. La exigencia de cumplir con las obligaciones, deberes y prohibiciones de que trata la legislación disciplinaria aplicable a los servidores públicos, en manera alguna pueden atribuirse como abusos de autoridad o extralimitación de funciones o acoso laboral. FOLIO DE VIDA. La jurisdicción Penal Militar no es competente para conocer de las anotaciones de demerito en ellos consignadas. La ley punitiva castrense no es el medio idóneo para realizar esa reclamación, ni esta jurisdicción es la competente para resolverla