RECURSO DE APELACIÓN. Carga argumentativa del impugnante. Si el apelante incumple la carga de sustentar en debida forma el recurso, el superior carece de competencia para pronunciarse sobre la decisión censurada, la cual está lógica y jurídicamente limitada a las razones de inconformidad del impugnante y a los asuntos inescindiblemente ligados a aquéllas, resultando más que procedente evocar que la jurisprudencia con razón ha sostenido que sustentar indebida o deficientemente, es como no hacerlo, ello conduce inexorablemente a declarar desierto el recurso.