APELACIÓN: Concepto. Es una expresión del derecho a la tutela judicial efectiva, que permite impugnar las decisiones y abrir paso para que el superior, de quien emitió la decisión, la analice y determine su acierto y legitimidad. DOBLE INSTANCIA: Requisitos a cumplir de quien acude. La importancia que reviste al apelante quien ostenta la carga procesal inevitable de explicitar de manera concreta las razones por las cuales no se comparte la decisión con relación a los estadios facticos, jurídicos o valoraciones de índole probatorio, los cuales estima errada la postura del funcionario de primera instancia y sea entonces en sede de segunda instancia, que entre a resolver lo que en derecho sea del caso, bien, revocando la determinación, modificándola o confirmándola, según corresponda. Reseña jurisprudencial. INADMISABILIDAD DEL RECURSO: Eventos. Cuando en el medio impugnatorio, se registran concepciones abstractas y difusas, no tiene otro remedio la Sala de acudir a la figura de su inadmisibilidad, al no concretarse una estructura mínima en aspectos que atañen a la lógica y a la construcción de un discurso jurídico idóneo frente a las decisiones que son objeto de recursos ordinarios. Reseña jurisprudencial. TRIBUNAL SUPERIOR MILITAR Y POLICIAL: Competencia. Este Tribunal no funge como segunda instancia en aquellas decisiones que versen sobre la competencia de la jurisdicción especializada, situación contraria que ocurre, cuando se traten asuntos sobre posibles conflictos de competencia entre los juzgados penales militares que conforman la primera instancia de la justicia penal militar y policial, conforme lo prevé el numeral 4º del artículo 238 de la ley 522 de 1999. Así las cosas, cuando existen conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones y se avizora que quien predica la competencia sobre determinado asunto, trátese de la justicia ordinaria o de la justicia penal militar, no es el competente, deberá agotarse el trámite procesal respectivo mediante incidente procesal, que puede derivar en una colisión positiva o negativa de competencias, la cual, a la fecha, se encarga de dirimir la Honorable Corte Constitucional. COLISIÓN DE COMPETENCIAS:Solicitud y trámite. Reseña legal y jurisprudencial. RAD. 159588 – 08-FEB-2023 – FABRICACIÓN POSESIÓN Y TRÁFICO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS – APELACIÓN SITUACIÓN JURÍDICA – MP. CR. JORGE NELSON LÓPEZ GALEANO. CONFIRMA.