VINCULACIÓN AL PROCESO. La regla general es que lo sea mediante indagatoria. La vinculación mediante declaratoria de persona ausente es residual y debe cumplir con una serie de presupuestos. RENUENCIA DEL IMPUTADO. Puede ser inferida ante la indiferencia a las actividades desplegadas para su ubicación. BUSQUEDA DEL PROCESADO. Después de la declaratoria de contumacia está condicionada al hallazgo de nuevos datos que permitan su ubicación.