RECURSO DE APELACIÓN. Carga argumentativa del impugnante. Recuérdese que el deber de motivar el recurso impone al censor presentar por escrito de manera clara el reproche jurídico a los argumentos fácticos y jurídicos en los que se fundamentó la decisión objeto de impugnación, exponiendo las consideraciones con las que soporta su solicitud de revocatoria o reforma de la sentencia, la falta de motivación del recurso conlleva a declararlo desierto. LEY 1407 DE 2010. Ostenta los criterios de existencia jurídica y validez, del procedimiento penal militar no puede predicarse eficacia y aplicación puesto que ello está supeditado a la implementación de un sistema penal oral acusatorio y, consecuente con ello, se reitera que el procedimiento aplicable en la actualidad en la jurisdicción penal militar es el previsto por la Ley 522 de 1999.