RECURSO DE APELACIÓN: Carga argumentativa que exige. La carga argumentativa del recurso pretendido exige claridad en aspectos de los cuales se evidencie el inconformismo con la decisión atacada, no meras afirmaciones sin sustento ni criterios subjetivos que nada aportan a temas concretos de discusión y que demanden un análisis por parte de la Sala, por ello en nutridos pronunciamientos de esta Colegiatura se ha aquilatado y reiterado de forma pacífica cuáles son las directrices que empoderan al recurso de alzada como esa garantía a la doble instancia, pero que le exige a quien recurre esa debida sustentación en los aspectos que considere omitió, no valoró o lo hizo de manera errada el juzgador primario. Reseña jurisprudencial. DECLARATORIA DESIERTO: Al no atacarse sustentadamente la providencia objeto de alzada, en acatamiento a la exigencia que para ello contempla la Ley Penal Militar de 1999 es procedente declarar desierto el recurso de apelación. RAD. 159210 – 31-ENE-2023 – HOMICIDIO CULPOSO – APELACIÓN CONDENA – MP. CR. SANDRA PATRICIA BOTÍA RAMOS. DECLARA DESIERTO.