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Ratificada sentencia contra soldado señalado de abandonar su puesto para vender armamento a grupos delincuenciales

Imagen alusiva a cartuchos de fusil

 

Bogotá, D.C., 22 de septiembre de 2025. La Corte Suprema de Justicia dejó en firme las sentencias emitidas por el Tribunal Superior Militar y Policial y el Juzgado Octavo de Brigada, en contra del soldado del Ejército Yhordi Sánchez Hoyos, condenado por los delitos de centinela y peculado sobre bienes de dotación agravado.

El alto tribunal inadmitió un recurso de casación presentado por el uniformado, al considerar que no hubo ningún tipo de vulneración de las garantías en el proceso, por lo que fueron ratificadas las sentencias emitidas el 17 de julio de 2024 por el Tribunal Superior Militar y Policial y el 24 de abril de 2024 por el Juzgado 8 de Brigada. 

Según la investigación adelantada por los Juzgados 23 y 32 de Instrucción Penal Militar, el 2 de octubre de 2023 el soldado abandonó su puesto y se evadió de la base militar Cerro Tinajas, ubicada en la comuna No. 8 de Medellín. El uniformado salió de la instalación militar con un fusil Galil, cinco proveedores y 175 cartuchos, que habían sido entregados para el cumplimiento de sus deberes.

La Fiscalía 11 ante Juez de Brigada señaló que el armamento habría sido vendido a un grupo delincuencial que opera en la zona, a cambio de un millón de pesos. Sin embargo, dicho episodio específico del proceso fue remitido a la justicia ordinaria, para que indague la transacción presuntamente ilegal. 

En cuanto a los hechos relacionados con sus funciones militares, Sánchez Hoyos fue condenado a pagar una pena 49 meses de prisión. Se ordenó la separación absoluta de la Fuerza Pública e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena principal. 

La Justicia Penal Militar y Policial reitera su compromiso con la administración de justicia, para emitir decisiones oportunas, que como en este caso, concluyen con la ratificación por parte de la Corte Suprema de Justicia, frente a lo actuado en primera y segunda instancia. 

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