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Tribunal Superior Militar y Policial deja en firme condena por abandono del puesto de un Patrullero de la Policía Nacional

Foto del martillo del juez

 

Bogotá D.C., 16 de enero de 2026. El Tribunal Superior Militar y Policial, por medio de su Primera Sala de Decisión, declaró desiertos los recursos extraordinarios de casación interpuestos por el Patrullero Néstor Alberto Leguizamón Arias y su defensor, dentro del proceso penal seguido por el delito de abandono del puesto, al no haber sido sustentados dentro del término legal.

 

Los hechos que dieron origen al proceso ocurrieron el 13 de junio de 2020, cuando el patrullero Néstor Alberto Leguizamón Arias fue hallado, en horas de la mañana, fuera del lugar donde debía prestar su servicio, pese a encontrarse asignado a un puesto fijo en la jurisdicción del CAI Chapinero.

 

El uniformado fue identificado por una patrulla de vigilancia de la Estación de Policía Kennedy, que, al verificar su situación a través de la central de radio y la minuta de servicio, constató que debía estar cumpliendo funciones en otro sector de la ciudad. Ante esta circunstancia, se procedió a su captura en flagrancia.

 

El proceso fue asumido por la jurisdicción penal militar y policial. El Juzgado de Instancia de la Policía Metropolitana de Bogotá profirió sentencia condenatoria el 19 de junio de 2024, decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior Militar y Policial el 26 de junio de 2025. 

Aunque el procesado y su defensa interpusieron recurso extraordinario de casación dentro del término legal, el Tribunal estableció que no se presentó la sustentación correspondiente, razón por la cual declaró desierto el recurso conforme a la Ley 522 de 1999. 

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