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Enviado por kareno el 23 December 2021

Aquellos jueces y tribunales establecidos en el Código Penal Militar e instituidos con anterioridad a la comisión de la conducta punible de los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo.

Fuente: Artículo 188 de la Ley 1407 de 2010. “Por la cual se expide el Código Penal Militar”.