Justicia Penal Militar y Policial precluye investigación contra cinco soldados que repelieron atentado terrorista en Ocaña
Bogotá, D.C., 14 de septiembre de 2026. El Juzgado 1201 Penal Militar y Policial de Conocimiento Especializado decretó preclusión de la investigación adelantada contra cinco soldados del Ejército Nacional por los delitos de homicidio y lesiones personales, al concluir que actuaron en legítima defensa propia y de terceros durante el atentado terrorista perpetrado contra el Batallón de Infantería No. 15 “General Francisco de Paula Santander”, en Ocaña, Norte de Santander.
Los hechos ocurrieron el 6 de febrero de 2026, cuando una volqueta cargada con explosivos fue utilizada para ejecutar un atentado contra la guarnición militar. Los uniformados, que cumplían labores de seguridad externa en desarrollo de la operación defensiva FESTUS, reaccionaron al ataque armado, dando de baja a uno de los integrantes del grupo atacante y causando lesiones a otro.
La decisión fue adoptada el pasado 9 de septiembre de 2026, tras la solicitud presentada por la Fiscalía 2227 Penal Militar y Policial de Conocimiento Especializado, a favor de los soldados Diego Andrés Colón Pérez, Juan Pablo Ospino Gil, Andrés Camilo Martínez Ramírez, Deiby Sanjuan Guerrero y Keiner Andrey Flórez Cáceres.
Tras analizar el material probatorio, el despacho judicial determinó que la actuación de los militares estuvo amparada por la causal de ausencia de responsabilidad prevista en el artículo 33 de la Ley 1407 de 2010, correspondiente a la legítima defensa propia y de terceros. En consecuencia, ordenó la preclusión de la actuación penal y declaró extinguida la acción penal respecto de los hechos investigados.
Con esta decisión, la Justicia Penal Militar y Policial ratifica su compromiso con la aplicación de la ley, el respeto por el debido proceso y la protección de las garantías constitucionales de los miembros de la Fuerza Pública.
