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Registro de Activos de Información
Conforme a la Ley 1712 de 2014, Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones, en su artículo 13 se establece que: "Todo sujeto obligado deberá crear y mantener actualizado el Registro de Activos de Información haciendo un listado de: a) todas las categorías de información publicada por el sujeto obligado, b) todo registro publicado y c) todo registro disponible para ser solicitado por el público".