Víctimas
Se entienden por víctimas, para efectos del Código Penal Militar, las personas naturales o jurídicas y demás sujetos de derechos que individual o colectivamente hayan sufrido algún daño directo como consecuencia del injusto. Nota: Expresión subrayada declarada inexequible por la Corte Constitucional C-372 de 2016.